Ciro Angarita Barón y el nuevo orden constitucional en Colombia

AutorJohn Fernando Restrepo Tamayo
CargoProfesor de tiempo completo y Decano de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanas de la Universidad de Medellín, Colombia. jfrestrepo@udem.edu.co
Páginas26-46
Rev. direitos fundam. democ., v. 24, n. 1, p. 26-46, jan./abr. 2019.
DOI: 10.25192/issn.1982-0496.rdfd.v24i11316
ISSN 1982-0496
Licenciado sob uma Licença Creative Commons
CIRO ANGARITA BARÓN Y EL NUEVO ORDEN CONSTITUCIONAL EN
COLOMBIA
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CIRO ANGARITA BARÓN AND THE NEW CONSTITUTIONAL ORDER IN COLOMBIA
John Fernando Restrepo Tamayo
Profesor de tiempo completo y Decano de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanas de la
Universidad de Medellín, Colombia. jfrestrepo@udem.edu.co
Daniel Castaño Zapata
Profesor de tiempo completo y Decano de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanas de la
Universidad de Medellín, Colombia. jfrestrepo@udem.edu.co
Resumen
Ciro Angarita Barón ofreció conceptos iusfilosóficos y constitucionales
en su paso por la Corte Constitucional. El objetivo de este artículo es
presentar estos conceptos a través de los cuales se instaló un nuevo
orden constitucional en Colombia. Lo que significa la inclusión de una
perspectiva alternativa a través de la cual empieza a transformarse
todo el alcance y el contenido de conceptos básicos como los
derechos, las libertades, los principios, los valores, la ponderación, la
actividad judicial, el significado del Estado social de derecho y la
moral. El método utilizado fue la investigación en doctrina y
jurisprudencia, así como se concluyó que Ciro Angarita Barón logró
una nueva forma de entender derecho, política, sociedad, actividad
judicial y el contenido constitucional en Colombia.
Palabras clave: Corte Constitucional; Colombia; conceptos;
democracia.
Abstract
Ciro Angarita Barón offered juridical and constitutional concepts in his
passage through the Constitutional Court. The objective of this article
is to present these concepts through which a new constitutional order
was installed in Colombia. This means the inclusion of an alternative
perspective through which the full scope and content of basic
concepts such as rights, freedoms, principles, values, weighting,
judicial activity, the meaning of the State social law and morality. The
method used was research in doctrine and jurisprudence, and the
conclusion was that Ciro Angarita Barón achieved a new way of
understanding law, politics, society, judicial activity and constitutional
content in Colombia.
Keywords: Constitutional court; Colombia; concepts; democracy.
1 Trabajo vinculado a la línea de investigación en estudios políticos y constitucionales
CIRO ANGARITA BARÓN Y EL NUEVO ORDEN CONSTITUCIONAL...
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Revista de Direitos Fundamentais & Democracia, Curitiba, v. 24, n. 1, p. 26-46, jan/abr, de 2019.
1. CONSIDERACIONES INICIALES
El famoso adagio “Los hombres pasan, las ideas quedan” aplica perfectamente
para definir el perfil iusfilosófico del abogado, profesor de Derecho y magistrado de la
Corte Constitucional: CIRO ANGARITA BARÓN. El hombre que integró la primerísima
generación
2 de la Corte Constitucional para sentar las bases más firmes de todo el
edificio constitucional en Colombia que ya supera los veinte años. Su paso por la Corte
Constitucional fue fugaz y decisivo. Fugaz, porque se creía que duraría muchos años
más. Solo estuvo en esa plaza desde febrero de 1992 a febrero de 1993 cuando se
reglamentó el funcionamiento de la Corte Constitucional, se adoptó el proceso de
selección de los magistrados, se aumentó su número y se empezó a contar los años
que exigía el mandato constitucional. Decisivo, porque sus intervenciones, unas veces
como ponente y otras en los salvamentos de voto, han sido fuente de consulta y de
discusión a lo largo del tiempo para poder entender y asimilar qué significa el proceso
de constitucionalización de nuestro orden jurídico3.
Este artículo tiene el objeto de presentar los conceptos iusfilosóficos y
constitucionales ofrecidos por Ciro Angarita Barón en su paso por la Corte
Constitucional. Conceptos a través de los cuales se instala un nuevo orden
constitucional en Colombia, que significa la inclusión de una perspectiva alternativa a
través de la cual empieza a transformarse todo el alcance y el contenido de conceptos
básicos como el derecho, los derechos, las libertades, los principios, los valores, la
ponderación, la actividad judicial, el significado del Estado social de derecho y la moral.
Esta transformación tiene una pretensión de corrección sobre la estricta
legalidad y los valores que acarrea, como la seguridad jurídica, la previsibilidad judicial,
el silogismo y la exclusión del Juez en el proceso de creación del derecho. Tiene su
origen en nuestro proceso constituyente de 1991, que su vez hereda los preceptos
establecidos en Alemania4 y en España5. Significa la confrontación del derecho y de la
2 La Asamblea Nacional Constituyente estableció que un plazo no superior a cinco días de promulgada
la Constitución, ya debería estar integrada la nueva Corte Constitucional. Mientras se reglamentaba
legalmente todo su funcionamiento se dispuso que se integraría por siete magistrados, ninguno de ellos
delegatario de la Asamblea. Estos siete integrantes tuvieron su origen así: dos integrantes designados
por el Presidente de la República; un integrante designado por el Consejo de Estado; un integrante
designado por la Corte Suprema de Justicia; un integrante designado por el Procurador General de la
Nación; y los otros magistrados serían elegidos por los cinco designados.
3 Por el término “Constitucionalización del orden jurídico” habrá de entenderse y aceptarse la máxima
propuesta por Ricardo Guastini cuando habla de una Constitución invasora. Una Constitución que formal
y materialmente condiciona tanto la legislación como la jurisprudencia; de igual manera ocurre con el
accionar judicial, las decisiones administrativas y cada una de las relaciones humanas que tienen lugar
en la vida social y política. (GUASTINI, 2009, p, 49 - 74)
4 Constitución de la República Federal Alemana promulgada como Ley Fundamental de Bonn el 23 de

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