Cultura(S), Género(S), Política(s) y Desarrollo desde una perspectiva DDHH. Las paradojas de los ddhh como promotores de inclusión

AutorMarcela Alejandra País Andrade
CargoSocióloga. Doctora de la Facultad de Filosofía y Letras
Páginas43-67
Periódico do Núcleo de Estudos e Pesquisas sobre Gênero e Direito
Centro de Ciências Jurídicas - Universidade Federal da Paraíba
Nº 03 - Ano 2015
ISSN | 2179-7137 | http://periodicos.ufpb.br/ojs2/index.php/ged/index
43
DOI: 10.18351/2179-7137/ged.2015n3p43-67
Seção: Direitos Humanos e Políticas Públicas de Gênero
CULTURA(S), GÉNERO(S), POLÍTICA(S) Y DESARROLLO DESDE
UNA PERSPECTIVA DDHH.1
Marcela A. País Andrade2
Resumen: Este escrito propone reflexionar
acerca de temas como Cultura(s),
Género(s), Política(s) y Desarrollo desde
una perspectiva de Derechos Humanos en la
Argentina. Específicamente, nos interesa
problematizar las posibilidades y las
limitaciones que se encuentran en las
políticas culturales públicas como las
promotoras de derechos enmarcadas en las
directrices del desarrollo y las
desigualdades de género. Estas líneas,
surgen de una investigación
socioantropológica que se viene llevando a
cabo en Argentina; y se proponen -más que
legitimar verdades - observar críticamente
como los discursos, los instrumentos y las
normativas que sostienen los Derechos
Humanos vinculados a la diversidad
1 Este escrito resulta de algunas reflexiones teóricas-metodológicas de las investigaciones que se viene n llevando
a cabo desde el año 2012. Agradezco al CONICET y a la UBA por los subsidios otorgados para el desarrollo de
los diversos proyectos de investiga ción que dirijo, desde donde surgen los resultados que aquí difundo: Proyecto
“Identidad y frontera. Procesos de desigualdad socia l y práctica s culturales en la Ciuda d de Concordia , Entre
Ríos desde una perspectiva de género”. (CONICET). Proyecto “Juven tud(es) y nueva s configura ciones
identitaria s en la vida cotidiana . Una mirada socioantropológica desde el género, la cultur a, la militancia, y la(s)
política(s)”. Programación científica UBACyT, Carrera de Trabajo Social -Facultad de Ciencias Sociale s,
Universidad de Buenos Aires.
2 Socióloga. Doctora de la Facultad de Filosofía y Letras (Área Antropología), UBA. Investigadora Adjunta del
CONICET. Docente en la Facultad de Ciencias Sociales (UBA) en la carrera de Trabajo Social. Investigadora del
Programa Antropología de la Cultura, Instituto de Ciencias Antropológicas- SEANSO, FFyL, UBA. Mie mbro de
la Comisión de la Maestría en Comunicación y Cultura de la FSC- UB A. Autora y compiladora de dos libros,
capítulos de libros y diversos artículos científicos nacionales e internacionales.
cultural, encuentran vacíos en la gestión y
ejecución de las estrategias locales
imbricadas con la equidad entre los géneros.
Palabras Claves: Política(s). Cultura(s).
Género(s). DDHH.
Abstract: The aim of article is think over
the links among Culture, Gender, Policy
and development from the Human Rights
view in Argentina. We are interested in
problematize the possibilities and borders
between the public culture and the policies
as promoters the Human Rights in the
development and gender inequality context.
From the socioantropologia perspective,
these axes are part of the research that been
carried out in Argentina; and, propose
observe critically those speeches,
Periódico do Núcleo de Estudos e Pesquisas sobre Gênero e Direito
Centro de Ciências Jurídicas - Universidade Federal da Paraíba
Nº 03 - Ano 2015
ISSN | 2179-7137 | http://periodicos.ufpb.br/ojs2/index.php/ged/index
44
DOI: 10.18351/2179-7137/ged.2015n3p43-67
instrument and normatives of Human
Rights related to cultural. Among these
regulations, implementations and result
have not links with gender equality local
strategies.
KEY WORDS: Polícy(ies). Culture(s).
Gender. Human Rights.
Introducción
Los derechos humanos son derechos q ue tienen
todas la s personas por el solo hecho de ser seres
humanos; sin distinción de sexo, edad,
naciona lidad, pertenencia a un grupo étnico,
religión, o condición socia l, cultural o económica.
Comenzar estas líneas dando cuenta
de lo que se entiende por Derechos
Humanos es un paso imprescindible para
diferenciarlos de otro tipo de derechos
reconocidos por un Estado.3 En primer
lugar, recordemos que la idea de “Derechos
Humanos” es históricamente reciente y
producto de un largo proceso histórico4; y,
3 Existen dos elementos que integran la noción de
derechos humanos y que permiten diferenciarlos de
otro tipo o categoría de derechos: son derechos
básicos de las personas por ser Humanos
independientemente de la pertenencia o no a una
comunidad o ciudadanía política; y, tienen una
garantía añadida que es la protección internacional
entendiendo que los Estados han consentido el
establecimiento de límites a su autonomía política.
4 Recomendamos leer para profundizar estos
procesos históricos y los a ntecedentes que dan
origen a los DDHH a: Arendt, H. (1 981) “La
en segundo lugar, subrayemos que estos
derechos se expresan en disímiles
instrumentos normativos (constituciones,
declaraciones, convenciones, etc.) además
de, vislumbrarse en una serie de acciones y
mecanismos que vigilan su cumplimiento
efectivo.5
Una breve reseña histórica de cómo
se ha ido construyendo la noción de DDHH
la podemos realizar desde las palabras de
Norberto Bobbio (1982), quien identifica
tres etapas a tener en cuenta: a) Los Ius
naturalistas modernos que fueron filósofos
-como John Locke- los cuales sostenían que
el hombre por naturaleza, y en cuanto tal,
tiene derechos naturales universales que ni
siquiera el Estado puede quitarle. b) Una
segunda etapa enmarcada en las
revoluciones políticas burguesas (siglos
XVIII y XIX) donde los derechos quedaron
legislados y fueron competencia de los
Estados que los reconocía y legitimaba. Es
decir, los Derechos del Ciudadano que en
una primera instancia, quedan expresados
decadencia de la Nación- Estado y el final de los
derechos del hombre” en Los or ígenes del
totalitar ismo, Madrid: Ed. Alianza.
5 Argentina ha ratificado diversos instrumentos d e
derechos humanos y es parte de las Naciones Unidas
(ONU) y de la Organización de los Estados
Americanos (OE A). De tal manera ha asumido
ciertas obligaciones internacionales que incluyen el
deber de someterse al control de los organismos
internacionales que crean lo s tratados o que
dependen de la OEA y la ONU, y de acatar sus
decisiones.

Para continuar a ler

PEÇA SUA AVALIAÇÃO

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT