La Axiomatización de la Teoría del Derecho

AutorJuan de Dios González Lbarra - José Luis Díaz Salazar
CargoPosdoctorado en Filosofía de las Ciencias Sociales y Humanidades España - Licenciado y Maestro en Derecho UAEM, Pasante de Doctor en Ciencias Políticas CIDHEM, México
Páginas53-79
La Axiomatización de la Teoría del Derecho1
The Axiomatization of the Theory of Law
Juan de Dios González Ibarra
Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM), México, México
José Luis Díaz Salazar
Centro De Investigación y Docencia en Humanidades del Estado de Morelos (CIDH), Morelos, México
Resumen: Las dos ramas principales de la ló-
gica son la lógica formal (o lógica menor) y la
lógica material (o lógica mayor). La lógica ma-
terial se ocupa del contenido semántico de la
argumentación. La lógica formal se interesa por
la forma o estructura de los razonamientos, es
la lógica clásica propiamente dicha. Establecer
cuáles son las formas correctas y válidas de los
raciocinios, la verdad de las premisas y de las
conclusiones es una preocupación derivada para
esta rama.
Palabras clave: Axiomatización. Estructura
Formal. Vocabulario. Reglas de Definición. Re-
glas de Inferencia.
Abstract: The two main branches of logic are
formal logic (or logic low) and material logic
(or logic high). The material logic deals with
the semantic content of the argument. Formal
logic is concerned with the form or structure
of reasoning, classic logic is proper. Establish
what the correct and valid forms of reasoning
the truth of the premises and conclusions is a
secondary concern for this branch.
Keywords: Axiomatization. Formal Structure.
Vocabulary. Definition Rules. Rules of Inference.
1 Introducción
La formulación inicial de la lógica matemática (axiomatización) se
debe fundamentalmente a Frege. Su gran aportación fue, inventar un sis-
tema de símbolos mediante el cual los lógicos y los no tanto, pudieran
formular las inferencias estudiadas por la lógica proposicional de Aris-
tóteles, como aquellas a las que el método aristotélico no puede ser apli-
1 Recebido em: 10/07/2013
Aprovado em: 19/08/2013
Doi: http://dx.doi.org/10.5007/2177-7055.2013v34n67p53
La Axiomatización de la Teoría del Derecho
54 Seqüência (Florianópolis), n. 67, p. 53-79, dez. 2013
cado. En la teoría del Derecho, las dificultades y malentendidos de inter-
pretación y comunicación se originan por obviar sus reglas sintácticas,
semánticas y pragmáticas. La función básicas de la axiomatización es la
de minimizar el riesgo del uso inadecuado del lenguaje en el curso de
los razonamientos lógico-deductivos normativos. Para evitar la aparición
de antinomias,2 es necesario la especificación de la estructura formal y el
vocabulario de un lenguaje. Para especificar la estructura de un lenguaje,
tenemos que: a) determinar la clase de palabras y expresiones que van a
ser utilizadas. b) indicar todas las palabras que utilizaremos sin definirlas
(términos definidos o primitivos3) y c) las reglas de definición para intro-
ducir términos definidos o nuevos. Por último, formular las condiciones
en que una oración del lenguaje puede aseverarse. Especialmente todos
los axiomas (u oraciones primitivas), que decidamos afirmar sin necesi-
dad de prueba; y dar las reglas de inferencia (o reglas de prueba) median-
te las cuales se puedan deducir nuevas oraciones a partir de otras.
2 Objeto, Finalidad y Método de la Teoría del Derecho Garan-
tista
Se corresponden lógicamente, conforme lo muestra Luigi Ferra-
joli, apoyándose en la clasificación tripartita semiótica (FERRATER;
LEBLANC, 1994, p. 17-19)4 del norteamericano Charles Morris (1901-
1979), como son: a) la semántica (objeto sobre el que versa); b) la prag-
mática (finalidad u objetivo); y c) la sintáctica (método que utiliza para su
2 Tar smi aÝrma que el lenguaje formal que se utilice para dar una deÝnición de verdad
debe cumplir con condiciones especíÝcas y que es aconsejable ocuparse primero de las
antinomias que directamente implican a la noción de verdad.
3 Términos deÝnibles e indeÝnibles o primitivos: los deÝnible, incluyen aquellas
palabras que son deÝnidas o explicadas dentro del campo especiÝco de conocimiento al
que pertenecen. Los indeÝnibles, agrupan todas las palabras utilizadas por la ciencia o
disciplina para realizar las deÝniciones o explicaciones de los primeros.
4 La semiótica como metalenguaje tiene tres dimensiones: la sintaxis, la semántica y
la pragmática, la primera estudia las relaciones de los signos entre sí, la semántica “los
signos en su relación con los objetos designados” y la pragmática “estudia los signos en
su relación con los sujetos que los usan”.

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