Kratos y potentia : otra categoría constitucional del estado / Kratos and potentia : another constitutional category of the state

AutorJoaquin Ordoñez
CargoDr. en Derecho. Profesor e investigador de tiempo completo de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México. E-mail: joaquin.o@me.com
Páginas1842-1867
Revista de Direito da Cidade vol. 10, nº 3. ISSN 2317-7721
DOI: 10.12957/rdc.2018.32990
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Revista de Direito da Cidade, vol. 10, nº 3. ISSN 2317-7721 pp. 1842-1867 1842
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Ante una figura estatal contemporánea que no logra sus objetivos, en este artículo se propone
una nueva conceptualización del estado con base en otra categoría de lo constitucional que no
ha tenido el auge necesario para que el ente estatal logre sus objetivos: el poder y la potencia,
es decir, la relación entre el ejercicio del poder (o kratos) y lo que se puede o podría hacer, es
decir, la potentia. Para determinar lo anterior, se reflexiona acerca de la realidad que ha
rebasado a la sustantividad del poder codificada en las normas constitucionales y legales, lo cual
provoca que dicha sustantividad del poder esté meta-codificada; en ese contexto, considerando
también la crisis de efectividad de lo constitucional, se plantea la discusión sobre la meta-
normatividad, es decir, la real y efectiva aplicación social que se hace de ellas, lo que representa
la potentia meta-normativa. Por ello, en el presente trabajo se sugiere como otra categoría
estatal de lo constitucional, al kratos y la potentia, con la finalidad de abonar a una definición
más acabada de lo constitucional que considera el ser y la forma de ser del poder político al
interior de un estado.
Kratos, Potentia, Constitución, Estado.
Faced with a contemporary state figure that does not achieve its objectives, this article
proposes a new conceptualization of the state based on another category of constitutional that
has not had the necessary boost for the state entity to achieve its objectives: the public power
and potentiality, that is, the relationship between the exercise of public power (or kratos) and
what can or could be done, that is, the potential. In order to determine this, one reflects on the
reality that has surpassed the substantivity of the power codified in the constitutional and legal
norms, which causes that this substantivity of the power is meta-codified; in this context,
considering also the crisis of effectiveness of the constitutional, it arises the discussion about
the meta-normativity, that is to say, the real and effective social application that is made of
them, which represents the meta-normative potential. For this reason, in the present work it is
suggested as another state category of the constitutional, to the kratos and the potentia, with
the purpose of subscribing to a more finished definition of the constitutional that considers the
being and the form of being of the political power w ithin a state.
Kratos, Potentia, Constitution, State.
1 Dr. en Derecho. Profesor e investigador de tiempo completo de la Facultad de Derecho de la
Universidad Autónoma del Estado de México. E-mail: joaquin.o@me.com
Revista de Direito da Cidade vol. 10, nº 3. ISSN 2317-7721
DOI: 10.12957/rdc.2018.32990
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Revista de Direito da Cidade, vol. 10, nº 3. ISSN 2317-7721 pp. 1842-1867 1843
Derivado de la crisis funcional del Estado, 2 la cual no solamente es de legitimidad sino
también de legalidad recurrente3 se sufre la indefinición en el rumbo de lo que universalmente
debe considerarse como res4 publice5 y demos 6 kratos7 y surge también la necesidad de
refundar conceptualmente al ente estatal, y a que una de las consecuencias de un Estado que no
logra sus objetivos propuestos es la necesaria revisión de los conceptos que hasta el momento
ha sostenido
o ha tratado de sostener
por medio de la norma constitucional positiva y de la
importancia que tiene el aspecto democrático constitucional con relación al poder. En una
concepción holística del Estado constitucional, 8 el kratos no se puede ver de forma aislada
respecto a su ejercicio o potentia9. Por ello, la cuestión es: ¿El poder
en sus manifestaciones
ciudadanas contrastadas con las ejecuciones de los gobernantes
constituye otra dimensión
2 Una descripción fenomenológica del Estado es la siguiente: “1. Una sociedad humana, 2. Establecida
permanentemente en un territorio, 3. Regida por un poder supremo, 4. Bajo un orden jurídico, 5. Y que
tiende a la realización de los valores individuales y sociales de la persona humana…” (González, 1995, p.
162).
3 Referido a las normas legales y constitucionales que durante los comicios la ciudadanía no deja que las
mismas escapen del escrutinio severo a causa de la insatisfacción de soluciones congruentes.
4 Res, (cosa), “Todo objeto susceptible de proporcionar alguna utilidad al ser humano. Las cosas como tal,
sólo tienen sentido en cuanto a su relación con las personas, de donde surgen los que llamamos derechos
de propiedad, de uso, etc…” (Jiménez y Tiana, 1991, p. 307).
5 Res publice (cosas públicas), “…es decir, aquellas sobre las cuales el pueblo romano tenía exclusividad o
propiedad soberana, por lo que su uso era común a todos los habitantes. Por ejemplo, los puertos, los
caminos, etc…” (Jiménez y Tiana, 1991, p. 309); por otra parte, República es un vocablo de origen latino:
respublca, cuyo significado es Organización del Estado cuya máxima autoridad es elegida por los
ciudadanos o por el parlamento para un periodo determinado (Real Academia Española, 2016).
6 Del griego: demos,   (sust.) grupo de gente, y a partir del siglo V, nación, pueblo, raza
(Dicciogriego, 2016).
7 Del griego: kratos   (sust.) fuerza, poder (sust.) (Dicciogriego, 2016); por otra parte, poder es
Dominio, imperio, facultad y jurisdicción que alguien tiene para mandar o ejecutar algo…, (Real Academia
Española, 2016). Es uno de los elementos del Estado para su funcionamiento que es sostenido por el
pueblo
demos
quien a su vez es el original detentador del poder
kratos
público.
8 El que está sustentado en los axiomas de constitucionalidad y en los preceptos de la legalidad. Guastini
(2010, pp. 153-167) menciona siete requisitos para que un Estado pueda ser considerad o como
constitucional: 1) La existencia de una Constitución rígida; 2) La garantía jurisdiccional de la Constitución
(referido a la defensa y control constitucional de las leyes); 3) El aspecto vinculante de la Constitución; 4)
La sobre-interpretación de la Constitución (para satisfacer la necesidad de que la Constitución sea
interpretada de manera extensiva para mayor protección de las persona); 5) La aplicación directa de la
Constitución (Debe ser aplicada por todas las autoridades); 6) La interpretación conforme de las leyes
(Interpretar la ley para armonizarla con la Constitución); y 7) La influencia de la Constitución en la política.
9 La relación definicional del vocablo potentia con el de poder deriva de su origen del latí n vulgar potre,
creado sobre ciertas formas del verbo latino posse “poder”, como potes “puedes”, potram “podía ”,
potuisti “pudiste”, etc., por tanto: Tener expedita la facultad o potencia de hacer algo (Real Academia
Española, 2016). También como la capacidad para ejecutar algo o producir algún efecto, poder y fuerza
especialmente de un Estado o capacidad de llegar a ser o aquello que está en calidad de posible y no en
acto (Real Academia Española, 2016).

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