Perspectivas socio-antropológicas sobre el campo del derecho y la justicia

AutorGraciela Rodriguez
CargoInvestigadora del Consejo de Investigaciones CIUNR
Páginas64-80
Revista Direitos Culturais RDC
Vinculada ao PPGD URI, Campus Santo Ângelo/RS
ISSN 2177-1499 - Vol. 10 nº 22/2015 p. 64-80
PERSPECTIVAS SOCIO-ANTROPOLÓGICAS SOBRE ELCAMPO DEL DERECHO
Y LA JUSTICIA
Graciela Beatriz Rodríguez
1
RESUMEN: Desde un enfoque socio-antropológico del derecho son numerosos los aportes
que se están llevando a cabo para desentrañar el complejo entramado del ámbito del derecho.
La relevancia de los mismos nos ayudan a focalizar la especificidad de la sociología y
antropología jurídicas como, asimismo, sus potencialidades teóricas y metodológicas. En esta
dirección, en el presente artículo reflexionamos críticamente sobre algunas de estas
contribuciones.
PALABRAS CLAVES: antropología jurídica; sociología jurídica; derecho; justicia.
ABSTRACT: From a socio-anthropological approach to the law, there are many
contributions to unravel the complex framework of the law field. Their relevance helps us
focus on the specifity of the legal sociology and anthropology as well as their theoretical and
methodological potentialities.In this way, in the present article we reflect critically on some of
these contributions.
KEYWORDS: legal anthropology; legal sociology; law; justice.
RESUME: Du point de vue socio-anthropologique juridique, ils sont nombreux les apports
existants pour déchiffrer la complexité présente autour du domaine juridique. L’importance de
ces contributions nous permet de nous centrer sur la spécificité et l’anthropologie juridiques
de manière conjointe, ainsi que sur leurs puissances théoriques et méthodologiques. Par
rapport à cela, dans cet article on va réfléchir de manière critique quant aux différents apports.
MOTS CLES: anthropologie juridique; sociologie juridique; justice; juridique.
SUMÁRIO: Consideraciones Previas. 1 ¿de qué hablamos cuando hablamos de derecho? 1.1
el derecho en el horizonte de la globalización. 2 la mirada antropológica al campo del
derecho. 2.1 símbolo, ritual, espacio y emociones en el abordaje del campo del derecho y la
justicia. 2.2 el fenómeno jurídico como universo simbólico: las sensibilidades legales en un
análisis semiótico de la cultura. 2.3 “reconocimiento” y “reciprocidad” en el campo de las
disputas: repensar el acceso a la justicia como problemática social de derechos humanos. 3
Consideraciones finales. Referencias.
1 Investigadora del Consejo de Investigaciones (CIUNR), Profesora en la Escuela de Antropología de la
Facultad de Humanidades y Arte s y de la Maestría en Derechos Humanos -Universidad Nacional de Rosario-
UNR(República Argentina). Master of Sociology of Law (International Institute of Sociology of Law) Oñati,
País Vasco -España- y Diploma de Estudios Avanzados (DEA) en el marco del Programa de Doctorat en
DretPublic. Universidad Autónoma de Barcelona -UAB- Bellaterra , Barcelona -España-. E-mail:
gbrodrig@fhumyar.unr.edu.ar
Revista Direitos Culturais RDC
Vinculada ao PPGD URI, Campus Santo Ângelo/RS
ISSN 2177-1499 - Vol. 10 nº 22/2015 p. 64-80
Consideraciones Previas
En el presente artículo reflexionamos críticamente sobre algunos de los aportes que
han contribuido a perfilar el campo de los estudios socio-antropológicos acerca del
derecho y la justicia. En tal sentido, iniciamos el recorrido dando cuenta de los acuerdos y
desacuerdos en torno al mismo concepto de derecho, para luego analizar sus
transformaciones en el escenario global. Seguidamente nos detenemos en la mirada
antropológica sobre el campo del derecho y la justicia a través de las diferentes épocas y
paradigmas que estructuraron estos abordajes. Destacamos, asimismo, los aportes de las
visiones pluralistas del derecho y la emergencia de modalidades alternativas de resolución
de conflictos en el marco de los Estados nacionales. Éstas últimas procuran un acceso a la
justicia de mayor calidad e inclusión social.
En los últimos apartados ponemos de relieve la importancia de incorporar en los
estudios socio-jurídicos el análisis de la dimensión simbólica, de las ritualizaciones, de los
espacios judiciales y sus jerarquías y del componente emocional que toda disputa o
conflicto judicial conlleva. Aspectos, por otra parte, que no presentan un marcado
desarrollo en las producciones socio-antropológicas de nuestro medio.
1 ¿De qué hablamos cuando hablamos de derecho?
Los enfoques socio-antropológicos del derecho plantean inmensos desafíos a la
hora de establecer las vinculaciones entre las teorías sociológicas o antropológicas con
aquello que en un sentido muy amplio se denomina el ámbito de lo jurídico. Claro está,
entonces, que debemos partir de una caracterización del mismo concepto de derecho; y
veremos que, en este punto, no todos son acuerdos.
Desde la perspectiva de Vincenzo Ferrari
2 el núcleo de análisis de la sociología del
derecho son las normas jurídicas ya que la expresión “derecho” designa un conjunto de
normas. Ampliar este concepto a las actividades ligadas a la creación y aplicación de las
mismas presupondría que todo aquello que se relacione con las normas es derecho y, por
tanto, todo sería derecho. Pero ¿cuál es, entonces, el ámbito de actuación de los sociólogos
del derecho desde este punto de vista?. Al respecto, Ferrari3 señala:“En efecto, debería
resultar cla ro que la sociología del derecho se ocupa de inserta r el derecho en el cuadro
general ofrecido por la sociología, de comprender sus ca racterísticas y examinar en qué
modo este interfiere con otros factores que caracterizan la acción humana.”(cursiva en el
original).
En tal dirección, comprender las características del derecho para Ferrari es centrar
el análisis en los sistemas jurídicos4 atendiendo a su estructuración, sus funciones, sus
relaciones con otros sistemas jurídicos y con la sociedad en su conjunto. Asimismo, es de
interés relacionar las acciones y conductas con lo previsto en la normativa jurídica, dar
2 FERRARI, Vincenzo: Derecho y Sociedad -Elementos de Sociología del Derech o-. Argentina y Colombia:
Universidad Externado de Colombia, 2006.
3 Idem, p. 45.
4El concepto “sistema jurídico” ha sido resignificado de cara a las alternativas entre monismo y pluralismo
jurídico. El principio de soberanía y total monopolio de cada Estado sobre su p ropio de derecho se encuentra
en entredicho a la luz de nuevas formas de supranacionalidad y de transnacionalid ad, por un lado, y del
crecimiento de reivindicaciones culturales y étnicas en el seno de las sociedades, por otro. Por tal motivo,
desde los enfoques sociológicos del derecho, y aún desde las posiciones de numerosos j uristas, se alude a la
existencia de varios sistemas jurídico s. Ferrari al respecto se pregunta: ¿cómo negar a los sistemas
normativos que nacen y operan por encima y por debajo de los límites del Estado los rasgos de la
juridicidad?. Idem, p. 85.

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