MUJERES Y PENALIDAD EN EL DEVENIR HISTÓRICO: PRÁCTICAS DE VIGILANCIA, CASTIGO Y RECLUSIÓN FEMENINA EN EL TERRITORIO ARGENTINO ENTRE FINALES DEL SIGLO XVI Y MEDIADOS DEL XX

AutorMaría Florencia Actis
Páginas244-264
244GÊNERO | Niterói | v. 21 | n. 1 | p. 244-264 | 2. sem 2020
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MUJERES Y PENALIDAD EN EL DEVENIR HISTÓRICO:
PRÁCTICAS DE VIGILANCIA , CASTIGO Y RECLUSIÓN
FEMENINA EN EL TERRITORIO ARGENTINO ENTRE FINALES
DEL SIGLO XVI Y MEDIADOS DEL XX
María Florencia Actis1
Resumen: El artículo repasa los motivos y mecanismos punitivos destinados
a las mujeres, y desplegados en el territorio de la actual Argentina desde el
sistema de Tribunales y Comisariados Inquisitoriales en América hasta la
década de 1970. Pero fundamentalmente analiza, desde un enfoque crítico
y apoyado en investigaciones feministas interdisciplinarias, los modos en que
el pensamiento penal se ha constituido sobre criterios de selectividad sexual
y formas masculinizadas de poder, produciendo cierta distribución de la
vulnerabilidad social que ha afectado, de manera desigual y perdurable hasta
nuestros días, a las mujeres pobres, vistas como transgresoras de su género.
Palabras clave: Mujeres; Penalidad; Historia.
Resumo: O artigo analisa os motivos punitivos e mecanismos destinados
às mulheres, implantados no território da atual Argentina, do sistema de
Tribunais e Comissariados Inquisitoriais na América até a década de 1970.
Mas, fundamentalmente, analisa, a partir de uma abordagem crítica e apoiado
em pesquisas feministas interdisciplinares, as maneiras como o pensamento
penal tem constituído critérios de seletividade sexual e formas masculinizadas
de poder, produzindo um mecanismo da vulnerabilidade social que afetou, de
maneira desigual e duradoura até nossos dias, as mulheres pobres, vistas como
transgressoras de seu gênero.
Palavras-chave: Mulheres; Penalidade; História.
Abstract: This article reviews the reasons for punishment and mechanisms
intended for women implemented in present-day Argentina by the system of
Inquisitorial Courts and Commissariats in the continent of the Americas until the
1 Doctora en Comunicación, Facultad de Periodismo y Comunicación Social, Universidad Nacional de La
Plata, Argentina. E-mail: florenciactis@gmail.com
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GÊNERO | Niterói | v. 21 | n. 1 | p. 244-264 | 2. sem 2020
1970s. Fundamentally, it uses a critical approach supported by interdisciplinary
feminist research to analyze how criminal thinking has been constituted on
criteria of sexual selectivity and masculine forms of power, producing a certain
distribution of the social vulnerability that has aected poor women in unequal
and lasting manner to this day, as they are seen as transgressive of their gender.
Keywords: Women; Penalty; History.
Introducción
La historia del encarcelamiento y las formas penales en el territorio argen-
tino supuso el borramiento de la situación de las mujeres en favor de un relato
único y universal enunciado en masculino. Si bien ha encontrado justificación
en la escasa población carcelaria femenina, en comparación a la masculina, se
entiende que los tardíos registros sistemáticos sobre su realidad penal (desde el
año 2002) se deben al precario desarrollo de una política de género por parte del
estado nacional y la invisibilización de las presas en el discurso público. Pese a la
adhesión en 1994 a tratados internacionales significativos en materia de género y
reconocimiento de derechos (CEDAW, Convención de Belém Do Pará, Reglas
de Bangkok), las mujeres tuvieron que esperar casi una década para ser incluidas
oficialmente en los censos penitenciarios, bajo sus inscripciones genéricas.
Sin embargo, los procesos de criminalización y punición de las mujeres
datan de al menos tres siglos previos a la institucionalización de las cárceles,
pudiendo afirmar que los motivos del castigo en sus distintas modalidades a
través de la historia, se basaron menos en la comisión de un delito que en la
desobediencia a imposiciones sociales, culturales y familiares. O mejor dicho,
la evaluación y definición socio jurídica de “delito” no ha sido exterior al género
como sistema de diferenciación y desigualación, porque desde el momento de
su tipificación ya han sido constituidos por un sesgo genérico; habiendo existido
delitos “exclusivamente femeninos”, como la hechicería y el adulterio.
Entre mediados del siglo XVI e inicios del XIX, las regiones del noroeste,
noreste y centro de la actual República Argentina estuvieron integradas sucesi-
vamente a los Virreinatos del Perú y del Río de La Plata, y por ende, sus órga-
nos de justicia se alinearon a los criterios y formas de actuación penal propias
de los Tribunales americanos del Santo Oficio, con sede en México, Lima y
Cartagena de Indias. La administración de la justicia capitular local, dependiente
de alcaldes ordinarios con competencia en lo civil-criminal, interiorizaba prác-
ticas inquisitoriales de persecución y tortura constituidos como mecanismos

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