Desaparición forzada: práctica generalizada en México

AutorAlfonso Jaime Martinez Lazcano
Cargoalfonso.martinez@unach.mx Investigador Nacional del Sistema Nacional de Investigadores Conacyt Nivel I, doctor en derecho públi- co, profesor e investigador de la Universidad Autónoma de Chiapas y profesor honorario de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Director de la Revista Primera Instancia.
Páginas78-95
Revista da Faculdade de Direito da FMP, Porto Alegre, v. 16, n. 1, p. 78-95, 2021. 78
DESAPARICIÓN FORZADA. PRÁCTICA GENERALIZADA EN MÉXICO
Forced disappearance. Widespread practice in Mexico
Alfonso Jaime Martínez Lazcano
alfonso.martinez@unach.mx
Investigador Nacional del Sistema Nacional de Investigadores Conacyt Nivel I, doctor en derecho públi-
co, profesor e investigador de la Universidad Autónoma de Chiapas y profesor honorario de la Facultad
de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Director de la Revista Primera Instancia.
RESUMEN
Se presentan dos casos: Rosendo Radilla Pacheco, que causó una revolución al sistema jurídico me-
xicano, cuyo punto central es la desaparición forzada, que por la gravedad es considerado delito de
lesa humanidad, desde que sucedieron los hechos (1974) motivo del proceso interamericano, y el caso
Alvarado Espinoza y otros (2009). La desaparición forzada ha sido práctica generalizada en México,
en el contexto de ambos procesos, hay intervención de las fuerzas armadas en la violación de derechos
humanos e impunidad. A pesar de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
de otros órganos convencionales del Sistema Universal y la Suprema Corte de Justicia de la Nación que
en algunos momentos, han censurado este ilícito pluriofensivo y continuado, pero la práctica no ha
cesado, para empezar a disminuir este crimen no sólo se requieren criterios obligatorios, sino el cam-
bio de la forma de proceder de los agentes del Estado, que sólo se va a lograr cuando se sancione a los
responsables, mediante investigaciones serias, exhaustivas, adecuadas, efectivas e imparciales, indagar la
cadena de mando involucrada en la emisión de las órdenes ilegales recibidas a los militares implicados
en la ejecución, además es fundamental conocer la verdad. Parte de la trascendencia del Caso Alvarado
Espinoza y otros, es la reiteración de criterios emitidos en el caso Radilla Pacheco y los parámetros que
deben observar las fuerzas armadas cuando participen en tareas de seguridad pública y los requisitos a
cumplir en la investigación de este delito.
Palabras clave: Corte Interamericana. Derechos humanos. Desaparición forzada. Lesa humanidad. Ra-
dilla Pacheco.
ABSTRACT
Two cases are presented: Rosendo Radilla Pacheco, who caused a revolution in the Mexican legal system,
whose central point is forced disappearance, which by gravity is considered a crime against humanity,
since the events occurred (1974) reason for the process Inter-American, and the Alvarado Espinoza et
al. Case (2009). Forced disappearance has been a widespread practice in Mexico, in the context of both
processes, there is intervention by the armed forces in the violation of human rights and impunity. Des-
pite the jurisprudence of the Inter-American Court of Human Rights, other conventional bodies of the
universal system and the Supreme Court of Justice of the Nation that at times, have censured this multi-
-oensive and continued illicit, but the practice has not ceased, to To begin to reduce this crime, not only
mandatory criteria are required, but also a change in the way of proceeding of State agents, which will
Revista da Faculdade de Direito da FMP, Porto Alegre, v. 16, n. 1, p. 78-95, 2021. 79
Desaparición forzada. Práctica generalizada en México
only be achieved when those responsible are punished, through serious, exhaustive, adequate, eective
and impartial investigations. To investigate the chain of command involved in issuing the illegal orders
received from the military involved in the execution, it is also essential to know the truth. Part of the
signicance of the Alvarado Espinoza et al. Case is the reiteration of the criteria issued in the Radilla
Pacheco case and the parameters that the armed forces must observe when they participate in public
security tasks and the requirements to be met in the investigation of this crime.
Keywords: Inter-American Court. Human rights. Forced disappearance. Against humanity. Radilla Pa-
checo.
1 INTRODUCCIÓN
Del caso de Radilla Pacheco al de Alvarado Espinoza han transcurrido 9 años entre las respectivas
sentencias y 37 años de las desapariciones, en ambos procesos interamericanos, como en otros más, han
estado involucrados miembros del Ejército mexicano,11 como victimario y “encubridor”, por la decien-
te tarea en la investigación y la participación inconvencional de la jurisdicción castrense, cuya conse-
cuencia ha sido la impunidad, ya que las pesquisas deberían terminar con la sanción a los responsables
y la reparación integral a las víctimas y no lo hacen.
¿Cuál es la razón de que el Estado utilice la desaparición forzada de personas?
Algunas respuestas a esta cuestión han sido determinadas como crímenes de Estado, la desaparición
forzada se usa a menudo como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos, para “deshacerse” de la
disidencia, evitar inclusive, los funerales que visualicen a las víctimas.
La sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos del desapareci-
do, sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad (ONU, s.f., párr. 1).
El caso de Radilla Pacheco se da en el contexto cuando el Estado mexicano reacciona de manera
violenta al surgimiento del movimiento guerrillero en la entidad de Guerrero, el gobierno utilizó una
serie de mecanismos que no fueron los más adecuados ni los más impolutos posibles. Al contrario, echó
mano de métodos que se han denominado como sucios, de ahí que se hable de una guerra sucia de parte
del poder mexicano al momento de responder a las acciones y demandas de los grupos armados. Esta
guerra sucia se desplegó desde los años sesenta, pero se acentúo en los setenta y se extendió a los ochenta
(MENDOZA GARCÍA, 2007, p. 10).
El caso Alvarado Espinoza se da en la coyuntura de la escalada de violencia como resultado de la
declaración de guerra del Estado mexicano contra el narcotráco, y los operativos conjuntos entre la
policía, el ejército y la marina, en varias partes del país, y en el caso concreto en Chihuahua, en el cual
se desplegaron las fuerzas del ejército en tareas de seguridad pública, que dieron como resultado graves
daños colaterales a la población civil.
En ambos casos y otros más, la impunidad ha sido una constante, ésta simboliza la crisis del sistema
de justicia, a raíz de la ineciencia en las investigaciones de los posibles hechos delictuosos, la falta de
seriedad, capacitación en comparsa con una jurisdicción plagada de formalismos, que vulneran los nes
1 […] el Estado “incumplió la obligación contenida en el artículo 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en conexión con los
artículos 8 y 25 de la misma, al extender la competencia del fuero castrense a delitos que no tienen estricta conexión con la disciplina militar o con
bienes jurídicos propios del ámbito castrense”. CORTE IDH. Casos Radilla Pacheco, Fernández Ortega y otros, y Rosendo Cantú y otra vs. México.
Supervisión de cumplimiento de sentencia 17 de abril de 2015, párr. 11.

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