La paradójica situación actual de la rama judicial venezolana frente a la institucionalidad democrática del poder público asentado en la constitución venezolana de 1999

AutorCarlos Luis Carrillo Artilles
CargoEspecialista en Derecho Administrativo
Páginas33-91

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I El devenir histórico de la noción del poder público

El vocablo o voz Poder, nos conduce automaticamente a las noción de dominio, império, facultad o poderio que detenta un gobernante o grupo dominante de mandar u ordenar la realización o ejecución de determinadas actividades o conductas por un cúmulo de indivíduos supeditados como gobernados, siempre teniendo como constante universal, la tensión entre supraordinación y subordinación entre los actuantes, que

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orbita en los ejes o contrapesos de la justificación irracional o racional del Poder y la sumisión interiorizada por los sometidos a esos mandatos.

Así pues, la concepción del Poder ha presentado variantes significativas dependiendo del momento histórico en que nos ubiquemos. En primer lugar, afloraria en la etapa primitiva, la concepción originaria del Poder identificado como una expresión autentica y directa del ejercicio de la omnímoda fuerza física, puramente brutal y violenta, que desdoblaría las voluntades de los dominados sin acudir a ningún tipo de explicación, ya que quien detentaba el poderio físico poseía el control del colectivo conformado por agrupaciones sociales minoritárias ordenadas en danes o grupúsculos particulares.

Con el devenir del tiempo, al expandirse las agrupaciones sociales a grupos más complejos debido al aumento de la cantidad de sus indivíduos integrantes, decaería la imposición por pura fuerza física directa y se sustituiría por una nueva estructura de detentación del Poder, como fue el control del colectivo mediante la implementación de la mística irracional, casi siempre acudiendo a razones divinas, explicaciones metafísicas o paranormales, aduciendo elementos sobrenaturales o religiosos, e inclusive acudiendo al uso de infundir temores reverenciales por eventuales sanciones provenientes de la divinidad intangible, usualmente ejercido por vicários unipersonales en la tierra y luego por instituciones, cimentándose el Ilamado Poder Irracional Divino. Resulta oportuno destacar que ciertos autores avanzados para ese momento, como seria el caso de Santo Tomas de Aquino, identificaban al Poder con una verdadera función para asegurar el Bien Común del colectivo.

En una fase final de este esquema se edificaria la idea de la dominación tradicional ejercida en la tierra por indivíduos provenientes de una família de linaje real cuyo tronco común tendría una remota descendência directa o en conexión con Dios, por lo cual serían sujetos diferenciados al resto de los humanos en virtud de su abolengo o ascendência en su árbol genealógico, quienes por derecho tendrían la incontrovertible prerrogativa de ser duenos de un colectivo conformado por súbditos de naturaleza inferior.

Sin embargo, con el advenimiento del Estado Moderno se instaura una nueva formulación filosófica que pretende explicar que (LOEWENSTEIN, 1965, p. 27), "la

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esencia del proceso del poder consiste en un intento de establecer un equilíbrio entre las diferentes fuerzas pluralistas que se encuentran compitiendo dentro de la sociedad estatal, siendo garantizada la debida esfera para el libre desenvolvimiento de la personalidad humana".

Se erigiria así, la tesis denominada del Poder Racional, donde el Estado como entelequia jurídica se elevaria sobre las voluntades individuales por la existência y justificación del Poder Público, en base a una explicación de su origen y operatividad que atiende a razones lógicas. Ideas como la procedência original del poder por un gran pacto o contrato social donde confluyan las cesiones de libertad individual de todos los integrantes de la población en un território determinado en la búsqueda del bien común.

De allí que el ejercicio del poder que pretende hacerse obedecer y enunciar mandatos válidos dirigidos a multiplicidad de destinatários, depende del cumplimiento de una reglas preestablecidas vinculadas a la propia aceptación e interiorización de dichas ordenes por todos los integrantes de la sociedad como participes de la misma. En otras palabras se trata de una relación de justificación del ejercicio del Poder por los Gobernantes, cuyo correlativo descansa en una verdadera sumisión o aceptación por los gobernados (XIFRA HERAS, 1957; ANDUEZA, 1979).

Esto traería la idea ínsita que con el establecimiento del Estado de Derecho, todo poder legítimo orbitaria en torno al concepto de la competência del ente u órgano público, que otorga no solo poder -como la medula sustancial del Estado, y que se reduce estrictamente a un Poder jurídico de obrar (KELSEN, 1979) -, lo cual obligaría a los miembros del colectivo a someterse fielmente a esa autoridad sometida al império de las normas, sino que también generaría sobre los operários públicos una relación de deber de cumplimiento de las funciones y actividades para los cuales fueron facultados por el ordenamiento jurídico.

Ahora bien, todo lo narrado no es más que una apretada síntesis de lo que ha sido Ia "supuesta evolución" en Ia justificación dei ejercicio dei poder y de Ia explicación de las razones por las cuales la colectividad debe sumisión a las autoridades constituídas bajo el argumento de la búsqueda de la anhelado bien común, y por sobre todas las cosas la pacificidad de la sociedad en supuesto orden autoimpuesto.

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Sin embargo, excepcionalmente en sociedades contemporâneas, al conjugarse una serie de elementos contradictorios propios del tercer mundo, -como seria el caso de Venezuela que cuentan con una extraordinária riqueza petrolera que mientras ha generado exorbitantes ingresos menos ha desarrollado progreso institucional, estructural, educativo, productivo y mucho menos en cultura política- pareciere evidenciarse realidades prácticas y situaciones de involución dignas de estúdio, como si fuese un verdadero experimento en matraz de ensayo social, donde las teorias no solo son superadas por la práctica cotidiana, sino que por lo general son distorsionadas en una "tropicalización" y sirven para ir en sentido absolutamente contrario a las razones y finalidades libertarias para las cuales originalmente fueron concebidas, hasta inclusive pretenderse una autoinmolación de la sociedad.

Aunque pareciera increíble que en la actualidad de la civilización occidental, a princípios del siglo veintiuno, parecieran emerger relaciones de dominación-sumisión que suelen presentarse entre Gobernantes y gobernados, no muy cercanas a la justificaciones racionales, en la cual los gobernados asumen por interiorización lógica, consciente al Gobernante, en virtud de sus sobresalientes condiciones personales que lo supraordinan sobre el colectivo, tanto por su sapiência, intelecto, o cualidades personales del mejor estadista; sino más bien por ejercicios carismáticos, pues pareciera que se tiene como premisa fundamental, que quien detentaría y ejercitaría el Poder, gozaria de una popularidad arraigada, por la simple razón de la identificación de los gobernados con la figura o el estilo personal del Gobernante, gracias a su carisma, simpatia, verbo o atracción de Ias masas, por que sea "el hombre fuerte" o por eventuales dádivas; o Io que es peor, por justificaciones "de Facto", la cual presupone el ejercicio de la fuerza para lograr el acceso y ejercicio del Poder sobre el colectivo, quien se subordinaria a los Gobernantes de facto, por razones de inferioridad, imposición o temeridad frente al aparato de fuerza del Estado impuesto, en un franco retroceso a la noción de la fuerza o de nuevo de la necesidad dei "hombre fuerte".

Quizás subyace en el inconsciente latinoamericano, el pretender ser gobernados por ese super hombre mesiánico de carácter recio y revolucionário, que "nos meta en cintura", y "ponga orden a como dé lugar", en un casi involuntário reflejo ante Io que pareciera ser una "normal situación de caos" que nos acompana como una

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espécie de estigma. Con toda seguridad esto se refuerza por otro hecho incontrovertible típico de nuestras sociedades subdesarrolladas, como es que en muchos casos la ausência de padre en el seno de núcleos familiares, de allí esa ansiedad instintiva de ese gobernante severo, que a veces seduzca a la base electoral porque tenga un discurso edulcorado de defensa de los derechos humanos pêro que en realidad a veces con su proceder los quebrante en la imposición del supuesto nuevo orden, el cual por lo general proviene de un ejercicio de câmbios revolucionário.

II El reiterado uso histórico del vocablo revolución como justificación al cambio institucional en Venezuela

Sin embargo, consideramos que no podríamos enrumbarnos en un análisis real de la operatividad del Poder Público y situacion actual de la rama judicial en Venezuela, sin abordar -a efecto ilustrativo para nuestros lectores brasileros-, en retrospectiva histórica a lo que ha sido Ia argumentación constante de Ia "revolución" para justificar câmbios del modelo jurídico...

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