El rol del derecho internacional de los derechos humanos en la constitución del estado plurinacional de Bolivia: un avance en la teoría y práctica constitucional latinoamericana

AutorNataly Viviana Vargas Gamboa
CargoDoctora en Estado de Derecho y Gobernanza Global por la Universidad de Salamanca ? España
Páginas13-57
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EL ROL DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS
HUMANOS EN LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO PLURINACIONAL
DE BOLIVIA: UN AVANCE EN LA TEORÍA Y PRÁCTICA
CONSTITUCIONAL LATINOAMERICANA
THE ROLE OF INTERNATIONAL HUMAN RIGHTS LAW IN BOLIVIA’S
NEW CONSTITUTION: A FRESH STEP IN LATIN AMERICAN
CONSTITUTIONAL THEORY AND PRACTICE
(Segunda Parte)
Nataly Viviana Vargas Gamboa1
1
RESUMEN: El presente artículo argumenta que el marco de protección de los Derechos Humanos de la Constitución
del Estado Plurinac ional de Bolivia representa un gran avance en el desarrollo de la teoría y práctica constitucional
latinoamericana, orientándose al reconocimiento y cumplimiento de los estándares del Derecho Intern acional de los
Derechos Humanos. En primer lugar, se analiza el marco constitucional general de reconocimiento de los Derechos
Humanos en Bolivia. En segundo lugar, se demuestra que los artículos referentes a la interpretación de los derechos
humanos en la Constitución boliviana permiten la incorporación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos
al derecho interno boliviano. En tercer lugar, se explora la jerarquía que se otorga al Derecho Internacional de los
Derechos Humanos en el sistema nacional y las claves para su aplicación. En cuarto lugar, sobre la base de la discusión
de la configuración del sistema de protección de derechos en Bolivia, este artículo analiza las implicaciones de la
Constitución Boliviana en relación a la integración y respeto del Derecho Internacional de los Derechos Humanos
dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
PALABRAS CLAVE: Derechos Humanos. Derechos fundamentales. Ley Internacional. Constitución boliviana.
Supraconstitucionalidad.
SUMARIO: 1 Intro ducción. 2 El Reconocimiento de los Derechos Humanos en la Constitución Boliviana. 2.1 Un
Breve Repaso del Reconocimiento y Protección de los Derechos en La Historia Constitucional Boliviana. 2.1.1 Los
Derechos Fundamentales en la Historia Boliviana. 2.1.2 El Derecho Internacional en la Historia Constitucional
Boliviana. 2.2 El Nuevo Catálogo d e Derechos de La Constitución Boliviana De 2009. 2.2.1 Los Derechos en la
Constitución Boliviana de 2009. 2.2.2 Las obligaciones del Estado Boliviano en la Protección de los Derechos. 3 La
Interpretación de los Derechos a través del Derecho Internacional. 3.1 L a Interpretación de Los Derechos
Constitucionales en Bolivia. 3 .1.1 La Cláusula Abierta para La Incorporación de Derechos. 3.1.2 El Artículo 13.IV
«In Fine» de la Constitución Boliviana. 3.1.3 El Artículo 256.II de la Constitución Boliviana de 2009. 3.2 La
Interpretación del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia. 3.2.1 La Interpretación de las Cláusulas de
Apertura por el Tribunal Constitucional Plurinacional. 3.2.2 La Interpr etación de los Derechos Indígenas en la
Constitución Boliviana de 2009. 4 La Posición del Derecho Internacional en El Sistema de Fuentes Boliviano. 4.1 Los
Tratados Internacionales de Derechos Humanos en El Bl oque de Constitucionalidad Boliviano. 4.1.1 Artículo 410.Ii.
4.1.2 Las Implicaciones de la Inclusión del Derecho Internacional de los Der echos Humanos en el Bloque de
Constitucionalidad. 4.2 La Supraconstitucionalidad de los Instrumen tos Internacionales de Derechos Humanos en La
Constitución Boliviana De 2009. 4.2.1 Los Artículos 13.Vi Ad Initio Y 256.I Y La Supraconstitucionalidad del
Derecho Internacional de los Derechos Humanos. 4.2.2 Las Implicaciones de La Supraconstitucionalidad del Derecho
Internacional de Los Derechos Humanos. 5 Conclusiones. Conclusión 5.1 E l Catálogo de Derechos Boliviano
Requiere Indefectiblemente de los Estándares Mínimos de Protección del Derecho Internacional de los Derech os
Humanos. Conclusión 5.2 La Fundamentación del Mejor Canon Hermenéutico Utilizado por el Tribunal
Constitucional Plurinacional debe expresarse en Sentencia. Conclusión 5.3 La Constitución del Estado Plurinacional
de Bolivia se Dirige hacia un Sistema Pluralista de Protección de Derechos. 6. Bibliografía
Artigo enviado em 30/09/2022
Artigo aprovado em 27/11/2022
1
Doctora en Estado de Derecho y Gobernanza Global por la Universidad de Salamanca España y Doctora en
Ciencias Jurídicas por la Pontificia Universidad Javeriana de Colombia. Profesora Asociada del Centro Universitario
de Brasilia y Profesora Invitada del Instituto Nórdico de Estudios Lationamerican os de la Universidad de Estocolmo.
Deseo agradecer a los profesores Roberto Toniatti y Tom Ginsburg por los comentarios sobre mi tesis doctoral, tesis
que es la base del presente artículo. La primera versión de este artículo fue publicada en inglés po r la Revista de
Derecho Internacional de la Universidad de Pensilvania, disponible en
https://scholarship.law.upenn.edu/jil/vol42/iss3/2
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ABSTRACT: This Article argues that the Bolivian Constitution’s framework for human rights marks a fresh and
novel development in Latin American constitutional theory and practice, moving towards closer compliance with
internationally recognized human rights standard s. First, it discusses the features of th e framework of Bolivia’s 2009
Constitution f or the recognition of human rights. Second, it probes several key provisions in the new constitutio n
concerning the interpretation of rights that allow for the admission of international human rights law into the domestic
legal system. Third, it explores the hierarchical status granted to international human rights treaties at the domestic
level and the keys to their implementation. Fourth, on the basis of a discussio n on the configuration of the system of
protection of rights in Bolivia, this Article attempts to develop the implications of the Bolivian Constitution for
integration and respect for international human rights law within the larger context of the Inter-American legal system.
KEYWORDS: Human Rights. Fundamental Rights. International Law. Bolivian Constitution. Supraconstitutionality.
SUMMARY: 1 Introduction. 2 The Recognition of Human Rights in the Bolivian Constitution. 2.1 A Brief Review
of the Recognition and Protection of Rights in Bolivian Constitutional History. 2.1.1 Fundamental Rights in Bolivian
History. 2.1.2 International Law in Bolivian Constitutional History. 2. 2 The New Catalog of Rights of the Bolivian
Constitution of 2009. 2.2.1 The Rights in the Bolivian Constitution of 2009. 2.2.2 The obligations of the Bolivian
State in the Protectio n of Rights. 3 The Interpretation of Rights through International Law. 3.1 The Interpretatio n of
Constitutional Rights in Bolivia. 3.1.1 The Open Clause for the Incorporation of Rights. 3.1.2 Article 13.IV “In Fine”
of the Bolivian Constitution. 3.1.3 Article 256.II of the Bolivian Constitution of 2009. 3.2 The Interpretation of the
Plurinational Constitutional Court of Bolivia. 3.2.1 The Interpretation of the Opening Clauses by the Plurinational
Constitutional Court. 3.2.2 The Interpretation of Indigenous Rights in the Bolivian Constitution of 2009. 4 The
Position of International Law in the Bolivian Source System. 4.1 International Human Rights Treaties in the Bolivian
Constitutional Block. 4.1.1 Article 410.II. 4.1.2 The Implications of the Inclusion of International Human Rights Law
in the Constitutional Block. 4.2 The Supraconstitutionality of International Human Rights Instruments in the Bolivian
Constitution of 2009. 4.2.1 Articles 13.Vi Ad Initio and 256.I And The Supraconstitutionality of International Human
Rights Law. 4.2.2 The Implications of the Supraconstitutionality of International Human Rights Law. 5. Conclusions.
Conclusion 5.1 The Bolivian Catalog of Rights Unfailingly Requires the Minimum Standards of Protection of
International Human Rights Law. Conclusion 5.2 The Basis for the Best Hermeneutical Canon Used by the
Plurinational Constitutional Court must be expressed in a Judgment. Conclusion 5. 3 The Constitution of the
Plurinational State of Bolivia is Directed towards a Pluralist System for the Protection of Rights. 6. Bibliography .
4 LA POSICIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL EN EL SISTEMA DE FUENTES
BOLIVIANO
Tal como se ha discutido, la cláusula abierta del Estado boliviano establece que la
proclamación de los derechos que se realiza dentro de su cuerpo constitucional no será entendida
como negación de otros derechos que no se encuentren enunciados. Pero también se establece que
la clasificación de los derechos constitucionales no determina una relación de jerarquía ni
superioridad entre derechos
2
. Siendo, por lo tanto, todos los derechos proclamados, inclusive los
que vienen de los instrumentos internacionales, acreedores de las mismas garantías de protección.
Como se ha visto, la norma Constitucional boliviana también manda que a partir de los artículos
13.IV in fine y 256.II se deben interpretar los derechos constitucionales conforme a los Tratados
Internacionales de Derechos Humanos.
Las disposiciones constitucionales estudiadas resultan de gran relevancia y se configuran
como importantes herramientas destinadas a la protección de los derechos. Pero más allá de este
tipo de cláusulas, las constituciones moderas insertan generalmente artículos para además otorgar
una posición privilegiada al Derecho Internacional de los Derechos Humanos en sus sistemas
2
Art. 13.II y III CPE.
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normativos internos. Las cláusulas que definen la posición jerárquica del Derecho Internacional
contribuye al esfuerzo de dotarlo de efectividad
3
. Por esta razón, el constituyente boliviano,
coherente con las tendencias de reconocimiento del Derecho Internacional, ha articulado una serie
de previsiones que construyen el sistema de fuentes nacional integrando plenamente a los
instrumentos internacionales protectores de Derechos Humanos. A lo largo de este apartado se
analizará la posición que otorga la Constitución del Estado Plurinacional de Bolivia a los
instrumentos internacionales de Derechos Humanos, así como las implicaciones de esta
jerarquización en el sistema jurídico interno.
4.1 LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS EN EL
BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD BOLIVIANO
Como se ha indicado en la primera parte del presente artículo, la posición de los Tratados
Internacionales de Derechos Humanos no tuvo ningún interés por parte del constituyente
boliviano. No fue sino hasta la Asamblea Constituyente que dio paso a la Constitución del Estado
Plurinacional de Bolivia que se abordó con seriedad este aspecto y se logró regular esta delicada
materia. De esta manera, son particularmente relevantes los cambios en la forma de entender y
aplicar el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, cuyo resultado es desde todo punto de
vista un avance importante para la realización de los derechos
4
. Se analizará a continuación, en
qué medida la incorporación de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos dentro del
Bloque de Constitucionalidad hace posible un nuevo horizonte en la defensa de los derechos,
puesto que sus características e implicaciones no son menores.
4.1.1 Artículo 410.II
La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia construye una sofisticada red
de gradaciones y jerarquías normativas que involucran al Derecho Internacional de los Derechos
Humanos de forma especial. Es importante considerar que la norma constitucional boliviana deja
clara, en su artículo 410, su propia supremacía sobre cualquier norma. Pero en este ejercicio,
muestra una gran apertura al otorgar a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos
3
FIX-ZAMUDIO ya observaba esta tenden cia en los noventas, indicando que el reconocimiento de los instrum entos
internacionales d e derechos humanos ingresaba en las Constituciones latinoam ericanas como un tema, en general,
muy cauteloso y parcial. FIX-ZAMUDIO, Héctor: “El derecho internacional de los derechos humanos en las
Constituciones latinoamericanas y en la Corte Interamericana de Der echos Humanos”; en Boletín Mexicano de
Derecho Comparado, Nueva Serie, Año XXV, No 75, Septiembre -Diciembre. 1992. Págs. 749-784.
4
En este sentido, PÉREZ LUÑO, indica que el desplazamiento de las fuentes no solo se produce por la aparición de
poderes superiores al Estado sino también por la ampliación de competencias normativas de entes intermedios, lo que
lleva a un pluralismo de determinación de fuentes jurídicas. PÉREZ LUÑO, Antonio-Enrique: El desbordamiento
de las fuentes del derecho; Real Academia Sevillana de Legislación y Jurisprudencia, Sevilla. 1993. Págs. 76 y ss.

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