El arbitraje de consumo y la protección de los derechos colectivos en Estados Unidos y España
Autor | María Herrera Mellado |
Cargo | Doctora en Derecho Civil y Mercantil por la Universidad de Granada (España) |
Páginas | 126-148 |
RESUMEN
Tras la reciente crisis nanciera global, la protección de los derechos
de los consumidores de productos y servicios nancieros se ha convertido
es una política de Estado que merece ser el eje de representación de
los derechos económicos y sociales. El arbitraje de consumo nanciero
supone una novedad frente a la resolución de disputas en procesos
judiciales. A su vez, este método extrajudicial presenta muchas ventajas
sobre todo respecto al bajo coste, la rapidez en la ejecución y la mayor
exibilidad que ofrece a las partes. En España y Estados Unidos, el
arbitraje de consumo comparte características similares; sin embargo,
en EE.UU, este sistema de resolución alternativa de disputas se ha
convertido en una herramienta al servicio de las grandes entidades
bancarias y los principales intermediarios nancieros. Concretamente,
en los contratos de consumo nanciero se han detectado la introducción
de cláusulas abusivas a través de las cuales estas entidades prohíben a
los consumidores interponer demandas colectivas. Esto supone no solo
un ataque contra sus intereses sino la realización de una motivación
contraria a los origines del propio arbitraje y una violación directa de
sus derechos.
El objetivo del presente artículo es analizar el marco normativo
comparado de los derechos de protección del consumidor nanciero y la
práctica del arbitraje de consumo en España y EE.UU. A través de este
análisis comparado queremos ofrecer al lector un panorama actual y
una revisión de los efectos de las cláusulas arbitrales en los contratos de
consumo en Estados Unidos y España.
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Revista Luso-Brasileira de Direito do Consumo - Vol. VII | n. 28 | Dezembro 2017
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I. Introducción
Tras la crisis nanciera global, Estados Unidos y España llevaron
a cabo reformas signicativas en el marco de la supervisión
bancaria y de la protección del consumidor nanciero. Estas
reformas fueron necesarias ya que, durante las décadas anteriores a la
crisis, las principales entidades bancarias y de crédito habían cometido
abusos en contra de los derechos e intereses de los consumidores de
servicios y productos nancieros, que acabaron por afectar al sistema
nanciero en su conjunto.
Concretamente, en Estados Unidos, la Cámara de Representantes
y el Senado aprobaron leyes destinadas a la mejora del marco regulador
de la industria nanciera y del mercado de valores – precisamente
porque fue en estos mercados donde se había originado la crisis
nanciera que tuvo un alcance global debido a la interconexión de los
mercados y la presencia de las grandes entidades en la mayoría de los
países del mundo.
Este 2017 ha sido y seguirá siendo de nuevo un año de grandes
cambios a nivel mundial. Destaca la puesta en escena del nuevo
presidente de Estados Unidos, cuyas políticas económicas suponen
una vuelta al liberalismo desmesurado de la época anterior a la crisis
nanciera. En este sentido, la nueva administración ya ha comenzado
a abolir algunas de las normas de control y supervisión de bancos y
entidades de crédito que tan bien funcionaron para frenar la crisis y
proteger a millones de consumidores nancieros.
Sin ir más lejos, en febrero de 2017, Donald Trump rmó una orden
ejecutiva denominada Presidential Executive Order on Core Principles
for Regulating the United States Financial System2 a través de la cual
impulsó la desregulación de los mercados de crédito y de valores,
facilitando posibles nuevos abusos debido a la ausencia de control y
supervisión de los principales intermediarios nancieros. Esta orden
supuso además un ataque directo a las leyes federales aprobadas por la
administración del expresidente Barack Obama.
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