Derecho y democracia en Hans Kelsen. La crítica kelseniana de la personalización del Estado/Law and democracy in Hans Kelsen. The Kelsenian critique of the personalization of the State.

AutorSckell, Soraya Nour
  1. Introducción

    La personalización del Estado en las teorías jurídicas, así como la utilización de otros conceptos o metáforas personalistas (por ejemplo, voluntad del Estado, voluntad general, etcétera) acompañan todo el desarrollo del derecho moderno en un marco de usos diversos, radicalmente diferentes unos de los otros e, inclusive, con funciones antagónicas. En la época de la consolidación del Estado moderno, durante el siglo XVIII, con el propósito de separar al Estado de la persona del soberano e identificarlo con los ciudadanos, Immanuel Kant presentó una concepción personalista del Estado (1) en oposición a una concepción patrimonialista, de acuerdo con la cual, el soberano lo consideraba parte de su propiedad (2). Puesto que el Estado es una persona, Kant estima inadmisible que los soberanos lo repartan, vendan, truequen, hereden, donen como dote de matrimonio y, en el derecho de gentes, que sea sometido, conquistado o anexado. (3) Esta persona jurídica es pura y epistemológicamente formal, no posee ninguna sustancia ni presupone una sociedad homogénea.

    Sin embargo, la utilización de este concepto tendió, más y más, a descansar sobre la hipótesis de la formación de colectividades relativamente homogéneas, un sentido que no existía en el pensamiento de Kant. De acuerdo con este uso del término, la idea de voluntad general deviene una concepción de voluntad sustancial. Trata de expresar aquello que un grupo relativamente homogéneo siente, piensa y desea; como si aquél grupo fuese una persona representada por el Estado. Es esta metamorfosis que, al inicio del siglo XX, conduce a Hans Kelsen a dirigir todos sus esfuerzos hacia una lucha incesante contra la personalización sustancial del Estado, donde sea que esta aparezca. De acuerdo con él, la idea de una colectividad homogénea ignora, en efecto, todos los vínculos que existen en una sociedad, todos los conflictos que la constituyen y, más aún, las diferentes voluntades subyugadas que no se expresan en la voluntad general. Por ejemplo, la voz de las mujeres, proletariado y minorías excluidas. En consecuencia, la democracia misma no puede, de ninguna manera, reposar en esta concepción.

    Sin embargo, ?cómo explicar el tipo de formación social que constituye al Estado? ?cuál es la naturaleza de esta "unidad específica de una multiplicidad de individuos"? (4). Kelsen no creía que las teorías sociológicas, que reflexionaban sobre el fenómeno de socialización de los individuos, pudiesen aplicarse al Estado, puesto que no presupone ninguna comunidad. Más aún, estas teorías que trataban de describir la existencia de grupos sociales, no los explican de manera adecuada al recurrir a la idea de la formación de entidades supraindividuales, como lo hacían, por ejemplo, Emile Durkheim y Georg Simmel, en los cuales Kelsen estaba convencido de hallar las premisas de una concepción de alma colectiva. Por si fuera poco, aunque una teoría que explicase correctamente la constitución de un grupo social, sin presuponer la formación de una entidad supraindividual, como Kelsen creía encontrarla en Sigmund Freud, no podría aplicársele al Estado porque se encuentra conformado por diversos grupos sociales en antagonismo constante. Por último, el jurista emprendió un profundo combate epistemológico contra las teorías democráticas formadas por herramientas políticas que eran objeto de su preocupación, como el autoritarismo y la exclusión social. La condición para la construcción de una ciencia adecuada del derecho y democracia, es la absoluta libertad de toda asociación a la idea de una comunidad.

    Este estudio analiza la manera en que Hans Kelsen, para liberar el derecho y democracia de los vestigios de lo que llama hipóstasis colectiva o mito del alma colectiva, adopta una postura frente a las grandes teorías de la sociología y psicología social de su tiempo. En la segunda parte, se tratará de mostrar la forma en que Hans Kelsen critica las metáforas del alma colectiva. En la tercera sección, se explica como el pensamiento kelseniano sobre el derecho y democracia trata de superar los problemas relacionados a la metáfora del alma colectiva. Lo anterior, para dejar entrever aquellos puntos en común entre la teoría de Kelsen y las propuestas contemporáneas sobre el derecho y democracia, libres de las premisas de una comunidad homogénea.

  2. La crítica de Kelsen al alma colectiva

    2.1. La crítica epistemológica del concepto de alma colectiva

    Se presume permanecer en el terreno de lo psicológico, presumiendo también, sin embargo, aprehender lo supraindividual, cuando se reconoce como una forma de lazo social o de la unidad social, a una pluralidad de individuos como comunidad por el hecho que se supone poder lanzar la hipótesis de una especie de convención del contenido de su voluntad, de su sentir, de su pensamiento. Podríamos hablar aquí de un paralelismo del proceso psíquico, y siempre existe uno similar cuando se trata de "voluntad colectiva" o de "sentido común", de conciencia o de interés colectivo. Es a este estado de cosas que la pretendida psicología de los pueblos denomina "espíritu popular". En la medida en que este concepto sólo expresa cierta comunidad de conciencia, es inofensivo. Permanece no obstante la tendencia evidente de afirmar este "espíritu del pueblo" como una realidad psíquica, distinta a las almas individuales, por lo que el concepto de espíritu del pueblo adquiere el carácter metafísico inherente al espíritu objetivo según Hegel. (5)

    La crítica de Kelsen a las teorías sustanciales de la sociedad entraña un carácter epistemológico sobre el que reposa su crítica política. Puesto que estas teorías tratan de aplicar a la sociedad la metodología de las ciencias naturales, sustancializan los vínculos sociales en concepciones como alma colectiva. El Estado es considerado como una realidad natural, un vínculo de individuos que constituyen una formación social; una relación bajo las categorías causa-consecuencia, que confiere a estas teorías un carácter biológico. Los hechos sociales son definidos como procesos físicos que tienen lugar en el alma, en tanto que el vínculo social, como las influencias psíquicas recíprocas de una persona sobre la otra. Kelsen cree encontrar una variante de esta concepción en Georg Simmel. No obstante lo anterior, de acuerdo con el jurista, será suficiente tomar en consideración las fuerzas de disociación entre las personas para destacar que, por una parte, los seres humanos están vinculados en sus interacciones al seno de los grupos sociales (por intereses económicos, nacionales, religiosos, etcétera), por la otra, las diferentes comunidades sociales están separadas, precisamente, por aquellas fuerzas.

    Psicológicamente, analiza Kelsen, el vínculo social significa que, cuando alguien dice "A está vinculado a B", no se trata de una relación externa (entre dos cuerpos en el mismo espacio), sino más bien interna, consistente en aquello que, en el plano psíquico, "A se siente enlazado a B". Sin embargo, esta representación se expresa por una imagen espacial y corporal que Hans Kelsen describe como una transferencia equivocada de un fenómeno psicológico individual hacia el mundo exterior. El resultado es la "superación y negación del individuo" (6).

    Las teorías que afirman las formaciones sociales, consolidadas a partir de influencias recíprocas entre elementos psíquicos, son de naturaleza supraindividual y crean una hipóstasis, una teoría de la sociedad propiamente orgánica que corresponde, de acuerdo con Kelsen, a un mito. Esta representación de un alma colectiva conduce a imaginar un cuerpo portador de esa alma. Observamos una supra individualidad objetiva, un alma colectiva más allá de las almas individuales y, dado que un alma requiere de un cuerpo, un cuerpo colectivo distinto a los individuales, crea una hipóstasis de carácter místico que impide el análisis científico de los lazos sociales.

    2.2. La crítica ideológica del concepto de alma colectiva

    Kelsen añade a esta reflexión el análisis de un problema político fundamental: estas teorías no explican como las diferencias desaparecen de las conciencias y, en consecuencia, la manera en que los conflictos de una sociedad se reducen hasta el punto de devenir casi invisibles. Por una parte, no todos los individuos que son miembros del Estado, participan en la interacción psíquica de lo que se supone constituye un grupo sociológico cuya unidad empírica (7) sería la base del Estado. "Entre los individuos dominados por la unidad jurídica del Estado se encuentran niños, locos, durmientes y otros a los que les falta esa conciencia de pertenencia" (8). Por si fuera poco, el análisis sociológico revela una división entre clases sociales al seno de un Estado y sería, entonces, contradictorio afirmar que la burguesía y el proletariado están separados por la oposición de sus conciencias de clase y, al mismo tiempo, vinculados por la comunión de sus conciencias de Estado (9). La oposición de clase debe desaparecer de la conciencia para que la comunidad estatal (como unidad real, psico-sociológica) pudiese existir, papel atribuido de manera habitual, de acuerdo con Kelsen, a los partidos políticos. Las oposiciones entre los grupos políticos deben ser remplazadas por una conciencia de Estado para que los miembros estatales constituyan, en su realidad psicológica, una unidad. Sin embargo, observa, los intereses de clase, religiosos y nacionales son superiores a la conciencia del Estado (10). La referencia histórica de Kelsen es su propio país de origen, que revela una característica general del derecho:

    A la vista del Estado austriaco, compuesto de grupos tan distintos por su raza, idioma, religión e historia, las teorías que pretenden fundamentar la unidad del Estado en algún nexo psico-social o biológico-social de los hombres que jurídicamente pertenece al Estado, se muestran claramente como ficciones. (11) De esta forma, Kelsen critica la tendencia a conferir un sentido realista, empírico y...

Para continuar a ler

PEÇA SUA AVALIAÇÃO

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT