La energía eléctrica como condición material para el goce de los derechos humanos. Un derecho fundamental implícito

AutorDaniel Wunder Hachem - Luzardo Faria - William Ivan Gallo Aponte
CargoPost-Doctorado de la Université Paris 1 Panthéon-Sorbonne - Doctorando en Derecho por la Universidade de São Paulo (USP) - Doctorando en Derecho por la Pontifícia Universidade Católica do Paraná (PUC-PR)
Páginas171-195
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Veredas do Direito, Belo Horizonte, v.19 n.43 p.171-195 Janeiro/Abril de 2022
LA ENERGÍA ELÉCTRICA COMO CONDICIÓN
MATERIAL PARA EL GOCE DE LOS
DERECHOS HUMANOS: UN DERECHO
FUNDAMENTAL IMPLÍCITO
Daniel Wunder Hachem1
Pontifícia Universidade Católica do Paraná (PUCPR)
Luzardo Faria2
Universidade de São Paulo (USP)
William Ivan Gallo Aponte3
Universidad Externado de Colombia (UEXTERNADO)
RESUMEN
En la civilización contemporánea, la energía eléctrica se convirtió en
un elemento de importancia esencial para el desarrollo de la sociedad.
Actualmente, el acceso a ese bien se muestra como una necesidad inherente a
la propia subsistencia humana, y por esa razón debe ser comprendido como
un componente integrante del mínimo necesario para una existencia digna.
Sin embargo, los principales tratados internacionales y Constituciones
contemporáneas – como es el caso de la brasileña – no prevén el acceso a
la energía eléctrica como un derecho humano o fundamental explícito. El
propósito de esta investigación es demostrar que los servicios de electricidad
1 Post-Doctorado de la Université Paris 1 Panthéon-Sorbonne. Doctorado y Maestría en Derecho
por la Universidade Federal do Paraná (UFPR). Profesor de Derecho Constitucional y Derecho
Administrativo de la Pontifícia Universidade Católica do Paraná (PUCPR) y de la UFPR. Profesor
Visitante de la École de Droit de la Sorbonne. Director del Núcleo de Pesquisas em Políticas Públicas
e Desenvolvimento Humano de la PUCPR (NUPED). Abogado. ORCID: http://orcid.org/0000-0001-
8519-8420 / Currículo Lattes: http://lattes.cnpq.br/3961234292193598. / e-mail: danielhachem@
gmail.com
2 Doctorando en Derecho por la Universidade de São Paulo (USP). Magíster en Derecho del Estado
por la Universidade Federal do Paraná (UFPR). Profesor de Curso de Especialización en Derecho
Administrativo del Instituto de Direito Romeu Felipe Bacellar (IDRFB). Investigador del Núcleo de
Investigações Constitucionais (NINC) del Programa de Posgrado en Derecho de la UFPR. ORCID:
http://orcid.org/0000-0001-7330-2649 / Currículo Lattes: http://lattes.cnpq.br/3797208015856838 /
e-mail: farialuzardo@hotmail.com
3 Doctorando en Derecho por la Pontifícia Universidade Católica do Paraná (PUC-PR). Maestro
en Derecho Económico y Desarrollo por la PUC-PR. Abogado por la Universidad Externado
de Colombia (UEXTERNADO). Título homologado por la Universidade de Brasília. Becario
(bolsista) de la CAPES – Brasil. Se desempeñó como docente investigador de la UEXTERNADO
(2019-2021). Investigador activo del Núcleo de Investigaciones en Políticas Públicas y Desarrollo
Humano (NUPED) de la PUC-PR, del grupo de investigación en Derecho del Medio Ambiente de
la UEXTERNADO. Editor adjunto de la Revista Eurolatinoamericana de Derecho Administrativo.
Exvicepresidente de la Red Iberoamericana Juvenil de Derecho Administrativo (RIJDA). ORCID:
http://orcid.org/0000-0001-7157-6291 / Currículo Lattes: http://lattes.cnpq.br/9871153193940424 /
e-mail: williamg.aponte@gmail.com
http://dx.doi.org/10.18623//rvd.v19i43.1866
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son imprescindibles para el goce de los derechos humanos, lo que convierte
su acceso en un derecho fundamental autónomo, por presentarse como
una condición para el ejercicio de otros derechos humanos. Para defender
esa idea, el artículo examina la posibilidad de encuadrarse el acceso a la
energía eléctrica como un derecho humano y fundamental implícito, a
partir del análisis de tratados internacionales de derechos humanos y de
disposiciones constitucionales e infraconstitucionales del sistema jurídico
brasileño.
Palabras clave: derechos fundamentales; derechos humanos; derechos
implícitos; energía eléctrica; servicios públicos.
ELECTRICITY AS A MATERIAL CONDITION FOR THE
ENJOYMENT OF HUMAN RIGHTS: AN UNENUMERATED
FUNDAMENTAL RIGHT
ABSTRACT
In contemporary civilization, electric energy became an element of essen-
tial importance for the development of the entire society. The access to this
asset is currently shown as an inherent need for human subsistence and for
this reason it must be understood as an integral component of the minimum
necessary for a decent existence. However, the main international treaties
and contemporary Constitutions – as is the case of the Brazilian one – do
not provide access to electricity as an explicit human or fundamental right.
The purpose of this research is to demonstrate that electricity services are
essential for the enjoyment of human rights, which makes their access an
autonomous fundamental right, since it is presented as a condition for the
exercise of other human rights. To defend this idea, the article examines
the possibility of framing access to electricity as an implicit human and
fundamental right, based on the analysis of international human rights
treaties and constitutional and infra-constitutional provisions of the Bra-
zilian legal system.
Keywords: electrical energy; fundamental rights; human rights; public
services; unenumerated rights.

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