La expropiación pública en baja California, una violación al derecho fundamental de la propiedad privada en México / Public expropriation in baja California, a violation of the fundamental right of private property in Mexico

AutorAlejandro Sánchez Sánchez, Luis Carlos Castro Vizcarra, Luis Enrique Concepción Montiel
CargoDoctor en Derecho, Miembro del Sistema Nacional de Investigadores Nivel I, profesor investigador, catedrático a nivel licenciatura y posgrado. E-mail: alexsasacc@uabc.edu.mx - Doctor en Ciencias Jurídicas, perfil Promep, exbecario CONACYT, catedrático a nivel licenciatura y posgrado, autor de artículos, participación en congresos nacionales e...
Páginas1868-1894
Revista de Direito da Cidade vol. 10, nº 3. ISSN 2317-7721
DOI: 10.12957/rdc.2018.33417
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Revista de Direito da Cidade, vol. 10, nº 3. ISSN 2317-7721 pp. 1868-1894 1868
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La propiedad privada en México, la constituye el Estado mexicano en el ejercicio soberano de
otorgar el dominio de las tierras y aguas, es un derecho fundamental, sin embargo, la nación
tiene la obligación de expropiar por causa de utilidad pública, esto se replica en las entidades
federativas, pero tanto la federación como los estados, para desposeer, deben cumplir con los
principios constitucionales y legales, pues en el caso contrario, el propietario goza de los
mecanismos de control constitucional, como lo es el juicio de amparo, inclusive la reversión del
bien expropiado. El objetivo planteado fue analizar la norma jurídica que regula la expropiación;
lo que se efectuó utilizando un método cualitativo, con un alcance descriptivo, correlacional,
explicativo y analítico deductivo; resultando que la propiedad privada en México es un derecho
fundamental, sobre el cual el Estado puede expropiar sujetándose a los principios establecidos,
para lo cual el gobernado goza de las garantías constitucionales; considerando que se debe
actualizar la indemnización al tiempo del pago.
Derecho Humano, Expropiación, Mecanismo de C ontrol Constitucional.
Private property in Mexico, is the Mexican State in the sovereign exercise of granting ownership
of lands and waters, is a fundamental right, however, the nation has the obligation to
expropriate for public utility, this is replica in the states, but both the federation and the states,
to dispossess, must comply with the constitutional and legal principles, because otherwise, the
owner enjoys the mechanisms of constitutional control, as is the amparo trial, including the
reversion of the property expropriated. The objective was to analyze the legal norm that
regulates expropriation; what was done using a qualitative method, with a descriptive,
correlational, explanatory and analytical deductive scope; resulting that private property in
Mexico is a fundamental right, over which the State can expropriate subject to the established
1 Doctor en Derecho, Miembro del Sistema Nacional de Investigadores Nivel I, profesor investigador,
catedrático a nivel licenciatura y posgrado. E-mail: ale xsasacc@uabc.edu.mx
2 Doctor en Ciencias Jurídicas, perfil Promep, exbecario CONACYT, catedrático a nivel licenciatura y
posgrado, autor de artículos, participación en congresos nacionales e internacional. E-mail:
luiscarloscastro@uabc.edu.mx
3 Doctor en Ciencias Politicas, Perfil Promep, miembro del Sitema Nacional de Investigadores NIvel I,
autor de libros, articulos, participación en congresos nacionales e internacionales, profesor investigador,
catedrático a nivel icenciatura y posgrado. E-mail: enriquepolitik@uabc.edu.mx
Revista de Direito da Cidade vol. 10, nº 3. ISSN 2317-7721
DOI: 10.12957/rdc.2018.33417
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Revista de Direito da Cidade, vol. 10, nº 3. ISSN 2317-7721 pp. 1868-1894 1869
principles, for which the governed enjoys the constitutional guarantees; whereas the
compensation must be updated at the time of payment.
Human Right, Expropriation, Constitutional Con trol Mechanism.
La expropiación pública en Baja California, es una violación al derecho fundamental de
la propiedad privada, cuando el Estado expropiante no cumple con los principios
constitucionales y legales que rigen esa figura jurídica, así, en los Estados Unidos Mexicanos
(EUM), tanto la Federación como las entidades federativas que la integran, tienen la facultad
soberana de expropiar la propiedad privada, pero deben cumplir con todos los principios
constitucionales y legales de esa figura j urídica.
La propiedad privada en México, es un derecho fundamental, al estar consagrada en los
artículos cuatro, catorce y el veintisiete de la parte dogmática de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), su fuente es la Nación, todo corresponde o ese es su
origen, a ésta, a través de sus órganos de representación pública, le corresponde el derecho de
trasmitir el dominio de ella a los particulares, naciendo así la propiedad privada, ésta es el
derecho real para usar, gozar y disponer de las cosas, dentro de un sistema jurídico positivo
vigente; se afirma, que la propiedad privada en México es un derecho humano reconocido.
Considerando que la expropiación pública en México, después del ejercicio soberano de
otorgar el dominio de las tierras y aguas a los particulares; la nación tiene la obligación de
expropiar por causa de utilidad pública, esto se replica en las entidades federativas, pero tanto
la federación como los estados, para desposeer, deben indemnizar y cumplir con los principios
constitucionales y legales; además, si el Estado expropiante incumple con la causa de utilidad
pública, es decir, no construye, ni lotifica, deja de cumplir el objeto de realización para la
satisfacción de la causa de la necesidad pública, entonces el propietario originario cuenta con el
recurso de reversión, para que vuelva el bien a su patrimonio.
La expropiación pública en el Estado de Baja California, México, se rige por su Ley, la
cual establece que: la propiedad privada en el Estado podrá ser expropiada, por causa de
utilidad pública y mediante indemnización; siendo objeto de expropiación los bienes muebles o
inmuebles4, para aquel y todas las entidades federativas de los EUM, son aplicables los
principios, derechos fundamentales y garantías constitucionales que se observaron en esta
4 Ley de Expropiación para el Estado de Baja California, publicada en el Periódico Oficial no. 28, de fecha
13 de junio del 2003, tomo CX.

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