Panorama general del derecho medioambiental en Nicaragua
Autor | Karlos Navarro |
Cargo | Doctor en Derecho, Universidad de Salamanca, España. Catedrático de Derecho Administrativo Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Espanha |
Páginas | 227-253 |
DISPONÍVEL EM: www.univali.br/periodicos
DOI: 10.14210/nej.v26n3.p894-920
894
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PANORAMA GENERAL DEL DERECHO
MEDIOAMBIENTAL EN NICARAGUA
OVERVIEW OF ENVIRONMENTAL LAW IN NICARAGUA
PANORAMA GERAL DA LEGISLAÇÃO AMBIENTAL NA NICARÁGUA
Karlos Navarro1
Palabras clave: Derecho medioambiental; Tratados internacionales; Jurisprudencia.
Abstract: This article addresses the general panorama of environmental law in Nicaragua. The
was inductive, the literature review was used as a technique and the results expressed according to
the inductive logical basis.
Resumen:
inductiva.
DOI: 10.14210/nej.v26n3.p894-920
REVISTA NOVOS ESTUDOS JURÍDICOS - ELETRÔNICA, VOL. 26- N. 3 - SET - DEZ 2021 895
Keywords:
Resumo:
Palavras-chave:
INTRODUCCIÓN: MARCO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO
AMBIENTAL
Nicaragua se rige por la Constitución Política de 1987 y sus Reformas. En ella se establece que
es un Estado independiente, libre y soberano, de régimen democrático, participativo y representativo,
con cuatro Poderes Autónomos: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial y Poder Electoral.
Todas las leyes están subordinadas a la Constitución Política.
extranjeras, particularmente conferencias o cónclaves mundiales tales como la Conferencias de las
de la Estrategia Mundial para la Conservación de U.L.C.N.
El principio fundamental para la legislación ambiental y los recursos naturales está contenido
en la Constitución Política, a través de su Artículo 60 Cn. consigna el derecho a los nicaragüenses a
habitar en un medio ambiente saludable, por ser parte de sus derechos sociales, para lo cual el Estado
tiene la obligación de preservar, conservar y rescatar el medio ambiente y los recursos naturales.
Los artículos 60, 89, 102 y 181 de la Constitución Política de Nicaragua establecen como un
derecho social el garantizar un medio ambiente sano para todos; el derechos del Estado de proteger,
conservar y utilizar racionalmente los recursos naturales, incluyendo el derecho de otorgar concesiones
si fuere necesario; el reconocimiento del Estado al goce, uso y disfrute de las aguas y bosques de las
tierras de las comunidades de la Costa Atlántica y al derecho de éstas comunidades de aprobar las
concesiones y contratos de explotación racional de los recursos naturales otorgados por el Estado.
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